03 de Abril de 2026

Economía y precio del metal y del acero

Mecanismo Europeo de Ajuste de las Emisiones de Carbono (CBAM): cómo funcionará el mecanismo en 2026

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A partir del 1 de enero de 2026, el Mecanismo Europeo de Ajuste de las Emisiones de Carbono (CBAM) está plenamente operativo. Los importadores de bienes de los sectores cubiertos por el mecanismo deben adquirir los certificados correspondientes para las emisiones implícitas, pagando un precio del carbono similar al de los productores europeos.

Los sectores cubiertos por el CBAM son los siguientes:

cemento, aluminio, fertilizantes, metales férricos, hidrógeno, electricidad.

Simplificación y refuerzo

Este año, la UE adoptó nuevas normas simplificadas para reducir la carga regulatoria de las empresas. Los cambios son los siguientes:

Un límite de peso mínimo de 50 toneladas, que eximirá al 90 % de los importadores (principalmente pymes y particulares) del impuesto CBAM;
Simplificación de la autorización de declarantes, el cálculo de emisiones, los requisitos de declaración y el cumplimiento de las obligaciones financieras; una estrategia reforzada contra la elusión.

Al mismo tiempo, en diciembre de 2025, la UE reforzó el CBAM añadiendo una amplia gama de bienes industriales para su posterior procesamiento en la cadena de valor. Se trata principalmente de bienes con un alto contenido de acero y aluminio (79 % de media). En total, hay 180 nuevos artículos: productos de hierro y acero (p. ej., tuberías, acero estructural, materiales ferroviarios, tornillos), una lista específica de maquinaria y equipos industriales, y electrodomésticos. El nuevo paquete anunciado por la Comisión Europea también refuerza la aplicación de la normativa, elimina las lagunas legales para la elusión, etc.

También se ha modificado la metodología para calcular las emisiones integradas de la electricidad. Los valores predeterminados para esta categoría se calcularán con base en un factor de emisión que refleja la intensidad de todas las fuentes en los países exportadores, no solo de los combustibles fósiles, como ocurre actualmente. Esto reducirá las obligaciones del CBAM. Además, se simplificarán las condiciones para declarar las emisiones reales de electricidad.

Requisitos
Los importadores de la UE o sus representantes aduaneros que importen mercancías CBAM con un peso superior a 50 toneladas a la UE deben solicitar la condición de declarante autorizado en virtud del mecanismo (fecha límite: 31 de marzo de 2026).

Los certificados CBAM deben adquirirse a las autoridades nacionales del país.

El precio de los certificados se calculará en función del precio de subasta de los derechos de emisión del RCDE UE. Se expresa en €/tonelada de emisiones de CO2, como el valor medio de un trimestre en 2026 y el valor medio de una semana a partir de 2027.

Los importadores de la UE declararán las emisiones de sus importaciones y devolverán el número correspondiente de certificados cada año.

Si los importadores pueden demostrar que ya se ha pagado el precio del carbono durante la producción de las mercancías importadas, se podrá deducir el importe correspondiente.

Parámetros de referencia para CBAM
Los parámetros de referencia para CBAM estarán disponibles en 2026, tras la revisión de los parámetros de referencia del RCDE UE.

La CE establecerá valores de referencia estándar que reflejen el proceso de producción típico para cada producto cubierto por el mecanismo. Los datos verificados de los proveedores pueden utilizarse para demostrar diferentes procesos de producción, lo que puede dar lugar a la aplicación de diferentes parámetros de referencia. En última instancia, estos parámetros de referencia reflejarán la cantidad de derechos de emisión gratuitos que un fabricante habría recibido si el producto se hubiera producido en la UE.

Las normas para calcular las emisiones implícitas de las importaciones serán ligeramente diferentes a las aplicadas durante el período de transición.

Plazos para la presentación de declaraciones
A partir del 31 de mayo de 2027, los declarantes autorizados deberán presentar una declaración CBAM correspondiente al año natural anterior a la autoridad competente antes del 31 de mayo de cada año.

Los declarantes también deben presentar un número determinado de certificados CBAM a la autoridad competente antes del 1 de julio de cada año. El número depende de las emisiones implícitas (la cantidad por producto importado).

Integración en el TARIC
A partir del 1 de enero de 2026, deberán declararse códigos de documento TARIC específicos (nuevos certificados de tipo Y) en la declaración aduanera de las mercancías CBAM. Por ejemplo, Y128 es el código del número de cuenta CBAM; Y135 e Y136 son excepciones para las mercancías transportadas o utilizadas en actividades militares y para la producción de electricidad/hidrógeno, respectivamente. El código Y137 cubre la regla de minimis, el umbral mínimo (no se aplica a la electricidad ni al hidrógeno). Y238 significa que la solicitud de reconocimiento como declarante CBAM se presentó antes del 31 de marzo de 2026.

Sanciones por incumplimiento
Se prevén ciertas sanciones por el incumplimiento del mecanismo. En caso de inconsistencia en los datos, se aplicará una tasa de 100 € por tonelada de CO2 no declarada. Las autoridades nacionales pueden imponer multas administrativas y exigir una auditoría externa a cargo del importador. También se prevé la pérdida de la condición de declarante CBAM por infracciones reiteradas o sistemáticas.

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