Las beneficiarias (entre las que se cuentan numerosas multinacionales de los sectores del gas, siderúrgicas, químicas) obtendrán una compensación de hasta un máximo del 85% de su contribución a la financiación del apoyo a la producción de energías renovables, cogeneración de alta eficiencia y generación de electricidad en los territorios no peninsulares de España.
Las Directrices -justifica la CE- autorizan reducciones, hasta un determinado nivel, de las contribuciones recaudadas a las empresas de elevado consumo energético que operan en determinados sectores y están expuestas al comercio internacional, con el fin de garantizar su competitividad global. La Comisión asegura que la compensación “solo se concederá a las empresas de elevado consumo energético expuestas al comercio internacional, de conformidad con los requisitos de las Directrices”, y que la medida “promoverá los objetivos energéticos y climáticos de la UE y garantizará la competitividad global de los usuarios e industrias de elevado consumo energético, sin falsear indebidamente la competencia”.
Sobre esa base, la Comisión ha concluido que la medida se ajusta a las normas sobre ayudas estatales de la UE.
En relación con este régimen, las autoridades españolas también han notificado a la Comisión una medida de concesión de garantías en relación con los acuerdos de compra de electricidad a largo plazo celebrados por empresas de elevado consumo energético para electricidad procedente de fuentes de energía renovables, el denominado Fondo de Reserva para la Garantía de grandes consumidores de electricidad (Fergei).
Según la Comisión, este sistema de garantía tiene por objeto facilitar la producción de energía a partir de fuentes renovables. La Comisión evaluó la medida con arreglo a las normas sobre ayudas estatales de la UE, en particular la Comunicación de la Comisión de 2008 relativa a las ayudas estatales otorgadas en forma de garantía, y concluyó que el régimen de garantía estatal no constituye ayuda a tenor del artículo 107, apartado 1, del TFUE.








